Mediante el Decreto 605/2020, publicado en el Boletín Oficial el 18 de julio, se dio paso a una nueva fase de Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio para el AMBA (Área Metropolitana de Buenos Aires), San Fernando en Chaco y la provincia de Jujuy, mientras que en el resto del país continuarán en Distanciamiento Social (DISPO).
En esta nueva etapa, que se extenderá hasta el 2 de agosto, se trabajará en una apertura gradual de la industria y los comercios, exceptuando del aislamiento a las industrias con protocolos establecidos, con control de temperatura en el ingreso de los trabajadores y con funcionamiento con personal local.
A su vez, se mantiene la exclusividad del uso del transporte público para los trabajadores esenciales, por lo que los empleadores de los distintos rubros exceptuados deberán garantizar el traslado de sus empleados.
La norma establece que “las excepciones podrán ser implementadas gradualmente, suspendidas o reanudadas por el gobernador, la gobernadora, o por el jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en virtud de las recomendaciones de la autoridad sanitaria provincial o de la ciudad y conforme a la situación epidemiológica y sanitaria”.
En los artículos 12 y 13 del decreto mencionado se especifican las 30 actividades o servicios considerados esenciales, así como también las nuevas siete excepciones al ASPO, y se recuerda, en el artículo 14, que “solo podrán realizarse previa implementación de protocolos aprobados por la autoridad sanitaria Provincial o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que cumplan las recomendaciones e instrucciones del Ministerio de Salud de la Nación”.